Las redes sociales se convierten en un mercado virtual que poco a poco se posesiona como forma de negocio, aunque incurren en actos ilegales al exhibir productos y bienes con prohibición de ventas por las leyes venezolanas.
En grupos de redes de Facebook e Instagram se comercializa leche en polvo de Mercal, Casa, CVA y PDVAL que según decreto presidencial tiene restringida la venta fuera de instituciones distintas a las oficiales por ser alimentos de programas sociales.
La venta de dólares, pesos y euros también se publica sin reparo. Inclusive se fijan precios de canje superiores a las generados en portales señalados por el Gobierno de tener “una guerra económica” desde Colombia, y por encima de las disposiciones cambiarias del Banco Central de Venezuela.
En Compra Venta Maracaibo se exhibe un billete de 100 dólares americanos serial AB41472731B con precio de 111 mil bolívares por cada dólar, mientras que el tope de portales ilícitos no supera los 102 mil bolívares. Sólo esa operación moviliza 11 millones de bolívares.
Mercado, Corotos, Mercabook y Compra Ventas de Maracaibo y San Francisco son grupos conformados por usuarios. En monitorio de La Verdad se detectó que entre 40 mil y 60 mil usuarios están inscritos en la plataforma virtual, transando cifras millonarias.
Un promedio de 600 publicaciones diarias, con diversidad de productos, suben a los grupos que comercializan hasta cocina Haier, importadas de China por el Gobierno nacional del programa Mi Casa Bien Equipada.
El Ejecutivo en intentos por frenar operaciones en Internet decretó en 2014 -cuando ya se reportaban transacciones especulativas en la red social- Ley de Comercio Electrónico. En el artículo 58 se “prohíbe la venta, oferta o comercialización de los siguientes rubros a través de páginas web, Internet o páginas sociales: medicamentos, sustancias prohibidas para su consumo, bienes o servicios que inciten a la pornografía, artículos de primera necesidad, artículos subsidiados por el Estado” entre otros.
La Ley de Ilícito Cambiario regula las operaciones y uso de divisas. Ordena competencias exclusivas al Estado para fijar las tasas y destaca que serán sancionados con una multa correspondiente al doble del equivalente en bolívares a la operación o actividad cambiaria realizada.