Interinato de Juan Guaidó, podría quedar sin efecto

Interinato de Juan Guaidó, podría quedar sin efecto

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La propuesta de reforma al Estatuto de Transición que transfería competencias de la presidencia encargada a la Comisión Delegada, en enero de este año, dejó en evidencia la ruptura de Primero Justicia con el gobierno interino.

En esa oportunidad, la figura del interinato se conservaba solo a los únicos efectos de dirigir la protección de los activos en el extranjero.

Ahora, la tolda aurinegra propone la eliminación definitiva de la instancia que encabeza Juan Guaidó en un nuevo anteproyecto de reforma.

Dos fuentes consultadas por Efecto Cocuyo, confirman el con tenido que será presentado en la sesión de este jueves 22 de diciembre como contrapropuesta a la que elevará el mismo Guaidó. Hay un sector que también aboga por el cambio de la directiva para que no repitan Juan Guaidó, Juan Pablo Guanipa ni Carlos Berrizbeitia. 

La directiva de la AN de 2015 podría cambiar de prorrogarse un año más.

Fin del gobierno interino

Desde la exposición de motivos se deja claro que la Asamblea Nacional de 2015 sustituirá a la presidencia encargada.

 “Se otorga a la Asamblea Nacional, electa el 6 de diciembre de 2015, las competencias especiales de promover la transición a la democracia y la protección de los activos del Estado al amparo del artículo 333 constitucional”, dice uno de los párrafos iniciales.

Luego señala textualmente: “Se elimina el Gobierno Interino y todos sus órganos, entes, disposiciones, salvo aquellos creados por el presente estatuto que guarden relación con la defensa democrática de la protección de activos en el extranjero”.

El artículo 7 establece que la continuidad constitucional del Poder Legislativo será ejercida por la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015, la cual podrá funcionar a través de la Comisión Delegada, hasta 12 meses continuos a partir del 5 de enero de 2023.

Las competencias que tendrá la Delegada, según el artículo 8 son:

Promover la transición a la democracia.

Proteger los activos de la República en el extranjero a través del Consejo de Administración y Protección de Activos.

Autorizar la disposición de los recursos indispensables para cumplir con los objetivos y fines de esta Ley.

Tramitar la cooperación financiera internacional de organismos multilaterales y países del mundo libre a los fines de iniciar el proceso de transición económica y de proseguir la reversión de la emergencia humanitaria.

Aprobar el presupuesto de la Asamblea Nacional y sus modificaciones.

Las demás establecidas en la Constitución y en el presente Estatuto.

Nueva estructura

Se propone la creación del Consejo de Administración y Protección de Activos que funcionará en lugar del Consejo de Administración del Gasto.

El artículo 9 desarrolla lo que sería esta entidad: “Será el órgano competente para administrar los bienes de la junta administradora ad hoc de Pdvsa, bajo régimen de protección especial; nombrar apoderados judiciales en representación de la República, y velar por el desarrollo de los procesos judiciales que actualmente cursan en jurisdicción internacional; y determinar las mejores vías para lograr su administración eficiente y transparente para la defensa democrática de los activos de la República”.

La Asamblea Nacional también tendrá la atribución de designar a representantes internacionales que actúen en materias de derechos humanos, migración o crisis humanitaria y lucha contra la corrupción, protección democrática de los activos para Estados Unidos.

Se incluye un apartado que desarrolla el “régimen transitorio de Pdvsa y sus filiales”. El artículo 12 contempla que la Asamblea Nacional procederá a la designación de los miembros de la junta de administración ad hoc de Pdvsa para que ejerza los derechos que corresponden a Pdvsa como accionista de PDV Holding, Inc. La remoción de cualquiera de sus miembros requerirá la autorización de la Asamblea Nacional.

El artículo 15 reitera que el Consejo de Administración y Protección de Activos administrará los activos del Estado que hayan sido recuperados y “no podrán ser enajenados, gravados o ejecutados por ningún título o en ninguna circunstancia, hasta tanto se elijan autoridades legítimas del poder público nacional mediante elecciones libres, justas y verificables”.

Además, la AN está autorizada para dictar una ley especial en materia financiera y presupuestaria, de conformidad con el artículo 187 de la Constitución.

El artículo 19 vuelve nuevamente sobre el gobierno interino y deja claro que “todos los entes y funcionarios designados por la presidencia encargada quedan sin efecto a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley”.

“Únicamente quedarán en el ejercicio de sus funciones los funcionarios a cargo del Consejo de Administración del Gasto, ahora denominado Consejo de Administración y Protección de Activos, Consejo para la Administración del Programa de Gastos, Seguridad y Defensa de la Democracia y los miembros de la Junta Directiva ad hoc del Banco Central de Venezuela”, señala el anteproyecto.

¿Muerte política a Guaidó?

El dirigente de Primero Justicia, dos veces candidato presidencial, Henrique Capriles Radonski, llamó a los diputados de 2015 a “no dejarse chantajear” por el gobierno interino, en una rueda de prensa que ofreció en Caracas, este 19 de diciembre.

El chantaje radica, según el político, en hacer crear que la protección de los activos depende de la permanencia de esta estructura. “Citgo (la filial de Pdvsa en Estados Unidos) no está protegida por el gobierno interino sino por una orden ejecutiva del gobierno de los Estados Unidos, lo demás es cuento de camino”, dijo.

En las filas de Voluntad Popular tildan la propuesta de PJ de “esperpento inconstitucional”. Además opinan que la eliminación del gobierno interino lo que persigue es “matar” políticamente a Guaidó de cara a la primaria y a la elección presidencial de 2024.

Yon Goicoechea, funcionario del gobierno interino (integra la Comisión de Administración del Gasto), considera que la propuesta “implica que la Asamblea Nacional desconozca el artículo 233 de la Constitución que habla de una presidencia encargada en caso de ausencia”.

“Plantea regalarle a Maduro el reconocimiento y el prestigio que tanto ha costado cuestionar. Asimismo, al no existir un ejecutivo y al pretender controlar políticamente los activos, por cuotas partidistas, se ponen en riesgo 40.000 millones de dólares que se disputan en juicios en el extranjero y también se pone a Citgo de rodillas ante los acreedores”, cuestiona.

El dirigente de VP responde a Capriles: “Es un atrevimiento ignorante y mal intencionado (…) la existencia de las sanciones en sí mismas tienen un componente político, se mantiene la protección porque hay un desconocimiento a Maduro, porque hay un reconocimiento a un orden jurídico distinto en Venezuela que, aunque no controla el poder, sí goza de legitimidad. Si tumbas eso, los americanos terminarán por permitir que los acreedores se traguen Citgo y ya, porque a Maduro es improbable que se la den”.

Cortesia: Efecto Cocuyo

5 comentarios en «Interinato de Juan Guaidó, podría quedar sin efecto»

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