El presidente del BCV bancaria reiteró a partir del 1 de mayo los comercios deben fijar los precios de los productos.
Emen.- A partir del 4 de junio las entidades bancarias deben dispensar el nuevo cono monetario que entrará en circulación ese día, tanto a nivel de taquilla como de cajeros automáticos.
Así lo expresó el presidente del Banco Central de Venezuela (BCV) Ramón Lobo, al tiempo que recordó que la fecha estipulada para la implementación del nuevo cono monetario es a partir del 4 de junio del año en curso y que el mismo está compuesto por monedas de 0,50 céntimos y 1 bolívar, así como billetes de 2, 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500 bolívares.
El presidente de la entidad bancaria reiteró a partir del 1 de mayo los comercios deben fijar los precios de los productos tanto en Bs. fuerte como en Bs. soberano, de cara a la reconversión monetaria.
En ese sentido, la máxima autoridad del BCV, acotó además que las facturas que se elaboren antes del 4 de junio, deben ser establecidas con el cono vigente a la fecha y expresadas bajo el símbolo Bs.S.
Para finalizar, destacó que se han efectuado reuniones con el sector privado y bancario para establecer esquemas y mecanismos que ayuden a procesar la información que implica el cambio del cono.
NOTIZULIA / El Mundo