TSJ anula artículo que castigaba con cárcel a militares homosexuales

TSJ anula artículo que castigaba con cárcel a militares homosexuales

Rafael E. Fernández

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en su Sala Constituticional, anuló  la disposición contenida en un artículo del Código Orgánico de Justicia Militar que imponía penas de prisión de 1 a 3 años a militares homosexuales.

Tras diversas peticiones realizadas por la comunidad LGBTI  y a solicitud del defensor del pueblo, Alfredo Ruiz, la sala anuló la disposición argumentando que lo hacía «por carecer de suficiente claridad y precisión jurídica en lo que respecta a la conducta que pretendía sancionar».

En nota de prensa colgada en su página web, explican que la norma imponía una pena de 1 a 3 años de cárcel al militar que cometiera «actos sexuales contra natura», sin definir qué debe entenderse por tales actos, cuando los principios constitucionales exigen que la descripción de los delitos sean claras y precisas para evitar investigaciones y sanciones «al margen de los que quiso penar el legislador».

«Inclusive, aun cuando se entendiera por actos sexuales contra natura a aquellos no destinados a la reproducción, dicha interpretación, a la luz de las concepciones científicas, sociales y jurídicas actuales, no resulta compatible con la Constitución ni con instrumentos internacionalmente ni válidamente suscritos», apostilló.

Contraria a garantía de derechos humanos

El TSJ añadió que esta norma es contraria al postulado fundamental de progresividad en materia de garantía de derechos humanos

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