según la Gaceta Oficial extraordinario, el decreto N° 6.296 que circuló este jueves, estipula que queda ajustado el nuevo pago sobre la modificación del pago en efectivo del bono alimentación.
Así como también la base de cálculo para el pago del cestaticket, quedó establecida en 15 Unidades Tributarias, pudiendo percibir hasta un máximo equivalente a 450 Unidades Tributarias al mes.
Igualmente quedó establecido que los empleadores pagarán cada trabajador en efectivo por medio de un bono en su cuenta de nómina, además del monto por beneficio del bono alimentación, sin incidencia salarial.
Vale destacar las tikeras y tarjetas electrónicas que ya hayan sido emitidas, mantendrán su validez y vigencia.
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